Criptomonedas — ¿cómo declarar un airdrop? Ganancia patrimonial en base general
Los airdrops (recepción gratuita de criptomonedas, como tokens nuevos enviados al wallet) tienen un tratamiento fiscal específico en España según la doctrina de la Dirección General de Tributos (DGT), consulta V1662-23 y posteriores:
- NO son rendimientos del capital mobiliario.
- Constituyen una en especie no derivada de transmisión (artículo 33.1 LIRPF).
- Se integran en la base general del , no en la base del ahorro.
- Se valoran al valor de mercado en euros en el momento de recibirlos.
- Posteriormente, al venderlos, la diferencia entre precio de venta y el valor declarado en el airdrop tributará como en base del ahorro.
Implicación práctica: un airdrop de €200 tributa al tipo marginal del general del usuario (que puede ser hasta 45-50% en tramos altos), NO al 19-30% del ahorro. Esto cambia completamente el coste fiscal de los airdrops grandes.