Criptomonedas en España — período transitorio hasta junio 2026
España ha establecido un período transitorio para que las plataformas pre-inscritas en el antiguo registro del Banco de España puedan adaptarse a los requisitos de :
- Fecha límite del período transitorio: 30 de junio de 2026 (extensión aprobada en diciembre de 2025 desde la fecha original del 30 de diciembre de 2025).
- Durante este período, las plataformas pre-inscritas pueden seguir operando bajo el régimen anterior.
- Después del 1 de julio de 2026: solo podrán operar las CASPs autorizadas por la CNMV o por otra autoridad europea (pasaporte UE).
- El período de 18 meses representa el máximo permitido por el Reglamento — no hay vía legal para más extensiones.
Protección al inversor: NO existe garantía equivalente a FGD para criptoactivos. Si la plataforma quiebra, la recuperación depende del marco concursal y de la segregación de fondos de los clientes.