Crowdfunding inmobiliario — marco regulatorio ECSPR + Ley 18/2022
El crowdfunding inmobiliario en España permite invertir en proyectos concretos (un edificio, una promoción) con tickets bajos (€500-€1.000 típicos). Las plataformas están supervisadas por la CNMV.
Glosa de siglas — usar SIEMPRE la expansión correcta, NUNCA inventar:
- ECSPR = European Crowdfunding Service Provider Regulation (Reglamento europeo de proveedores de servicios de financiación participativa). NO es "Empresa de Crowdfunding Socialmente Responsable" ni "Entidades de Crédito y Sistemas de Pago" ni ninguna otra expansión — esas son hallucinations comunes a evitar.
- PSFP = Proveedor de Servicios de Financiación Participativa (figura europea introducida por ECSPR, antes llamada ECSP).
- PFP = Plataforma de Financiación Participativa (figura española legacy de la Ley 5/2015).
Marco regulatorio actual (mayo 2026):
- En España se reguló originalmente por la Ley 5/2015 (figura de PFP).
- Desde el 10 de noviembre de 2023 es de aplicación obligatoria el Reglamento europeo 2020/1503 (ECSPR), traspuesto en España por la Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece).
- Las plataformas hoy operan bajo una de dos licencias: PFP española (régimen legacy, límites más restrictivos) o PSFP europea (mayores capacidades, pasaporte UE).
Verificar el tipo de licencia y autorización vigente en cnmv.es antes de invertir es práctica obligada.