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Cómo declarar tus inversiones en la Renta 2025–2026 — la guía completa, bróker a bróker
Qué brokers aparecen en tu borrador y cuáles no, las casillas de acciones y ETFs, el FIFO, la regla de los 2 meses y el modelo 720, con guías para Trade Republic, DEGIRO, Revolut, IBKR y eToro.
La pregunta que decide cuánto trabajo te espera en abril no es "¿cuánto gané?"; es "¿mi bróker le cuenta algo a Hacienda?". Esta es la tabla que lo resuelve, y debajo, todo lo común: casillas, FIFO, pérdidas, modelo 720 y plazos.
Tu bróker, en una fila
| Bróker | ¿Retiene e informa al borrador? | Qué hacer |
|---|---|---|
| Trade Republic | ✅ Desde junio 2025 (IBAN español); antes, no | Guía completa TR |
| DEGIRO | ❌ Nada; borrador vacío | Guía completa DEGIRO |
| Revolut | ⚠️ El banco sí (IBAN ES); el bróker, no | Guía completa Revolut |
| Interactive Brokers | ❌ Nada, y todo en divisas | Guía completa IBKR |
| eToro | ❌ Nada; cuenta en dólares y CFDs | Guía completa eToro |
| MyInvestor, ING, Openbank, Renta 4, BBVA, Bankinter… | ✅ Como bancos españoles | El borrador suele venir bien; revísalo igualmente |
| Scalable Capital | ❌ Bróker alemán; borrador vacío | Aplican los mismos principios que a DEGIRO |
La regla general: bróker español = Renta Web precarga (revisa); bróker extranjero = lo declaras todo tú. Y el matiz que evita disgustos: los brokers extranjeros de la UE intercambian información con España (CRS); que tu borrador venga vacío no significa que Hacienda no pueda cruzar tus datos años después.
Las casillas comunes (Renta 2025)
Da igual el bróker; todo acaba en los mismos sitios:
| Qué tienes | Dónde va en Renta Web | Casilla |
|---|---|---|
| Venta de acciones | Ganancias y pérdidas patrimoniales · apartado F2 "acciones negociadas" | 0328 |
| Venta de ETFs | ⚠️ Novedad Renta 2025: subapartado propio de fondos cotizados (Orden HAC/277/2026) | 2224–2236 |
| Dividendos (brutos) | Rendimientos del capital mobiliario | 0029 |
| Intereses (cuentas remuneradas) | Rendimientos del capital mobiliario | 0027 |
| Retención extranjera en dividendos | Deducción por doble imposición internacional | 0588 (tope: el convenio, normalmente 15 %) |
| Aportaciones a plan de pensiones | Reducciones por sistemas de previsión social | 0462; cuánto desgrava de verdad |
Cuánto se paga (tramos del ahorro, ejercicio 2025): 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 30 % a partir de ahí.
Las tres reglas que se aplican siempre
- FIFO, global y por valor (art. 37.2 LIRPF): lo primero que compraste es lo primero que vendes, y la cola es única aunque tengas el mismo valor en tres brokers. Puedes estimar el impacto con nuestra calculadora de IRPF por venta de acciones (FIFO multi-lote, gratis).
- La regla de los 2 meses si vendes con pérdidas y recompras, con el matiz de que para valores de fuera de la UE (tus acciones de EE. UU.) el plazo es de 1 año. Aquí está explicada con ejemplos.
- Las pérdidas compensan: primero contra ganancias patrimoniales; el saldo negativo restante, contra rendimientos del capital mobiliario hasta un límite del 25 %; y lo que sobre, hasta 4 años hacia delante. Declarar las pérdidas siempre interesa; son crédito fiscal.
El modelo 720, en tres líneas
Bienes en el extranjero (bloques: cuentas / valores / inmuebles) que superen 50.000 € por bloque a 31 de diciembre → declaración informativa entre el 1 de enero y el 31 de marzo. Con brokers extranjeros (DEGIRO, IBKR, eToro, y el periodo pre-IBAN-español de TR o Revolut), revísalo cada enero: no se paga nada, pero las sanciones por no presentarlo existen. Cada guía de bróker de arriba tiene su sección 720 con los matices propios.
El calendario
- Campaña Renta 2025: fue del 8 de abril al 30 de junio de 2026.
- Campaña Renta 2026 (el ejercicio actual): primavera de 2027. Lo que hagas ahora (compensar pérdidas antes del 31 de diciembre, vigilar la regla de los 2 meses, decidir aportaciones al plan de pensiones) es lo que aparecerá en esa declaración.
- Modelo 720 (si te toca): del 1 de enero al 31 de marzo.
¿Estoy obligado a presentar la Renta por invertir?
La respuesta corta: casi seguro que sí, si has vendido algo o cobrado dividendos/intereses. Los límites de la obligación de declarar son bajos para rentas del capital (y más bajos aún para rentas sin retención, que es exactamente lo que pagan los brokers extranjeros; con más de 1.000 € de rentas totales, lo normal es tener que presentar). Ante la duda, presenta: declarar pérdidas, además, te genera crédito fiscal.
Preguntas frecuentes
¿Hacienda sabe lo que tengo en un bróker extranjero? Puede saberlo: los países de la UE (y muchos más) intercambian información financiera automáticamente con España (CRS/DAC2). No aparece en tu borrador, pero sí en sus bases de datos; declarar no es opcional.
¿En qué casilla van los ETFs este año? Novedad de la Renta 2025: los fondos cotizados tienen subapartado propio, casillas 2224–2236 (Orden HAC/277/2026). Hasta 2024 iban con las acciones en la 0328; muchas guías siguen sin actualizarlo.
¿Puedo compensar pérdidas de un bróker con ganancias de otro? Sí, las ganancias y pérdidas se integran en tu declaración vengan de donde vengan. La única alerta es la regla de los 2 meses (o 1 año) si recompraste el mismo valor.
¿Las comisiones del bróker se deducen? Sí, pero no como "gasto": se suman al precio de compra y se restan del precio de venta al calcular cada ganancia o pérdida.
¿Qué pasa si no declaro un bróker extranjero? Te expones a una paralela con intereses y recargos cuando Hacienda cruce los datos del intercambio internacional; suele llegar dos o tres años después, con la sorpresa multiplicada. Con pérdidas, no declarar es además regalar crédito fiscal.
Fuentes oficiales
- Manual práctico Renta 2025, Agencia Tributaria
- Orden HAC/277/2026, de 25 de marzo (BOE-A-2026-7041): modelo Renta 2025, plazos y subapartado de fondos cotizados
- Ley 35/2006 del IRPF (texto consolidado, arts. 33.5 y 37.2) · Ley 7/2024 (tipo del 30 %)
- Orden HAP/72/2013 (modelo 720)
- Directiva 2014/107/UE (DAC2) y estándar CRS de la OCDE (intercambio automático de información financiera)
Las casillas citadas corresponden al Modelo 100 del ejercicio 2025 (campaña 2026) y pueden cambiar de numeración en ejercicios siguientes. Información general, no asesoramiento fiscal personalizado: para tu caso concreto, consulta con un asesor. Última actualización: 23 de julio de 2026.
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